Muchos empleadores desconocen que la provisión de EPP no es una cortesía empresarial, sino una obligación legal con consecuencias penales en caso de incumplimiento. La Ley 19.587 y su decreto reglamentario 351/79 establecen con claridad las responsabilidades.
Obligaciones Principales
- Provisión gratuita: El empleador debe entregar el EPP sin costo alguno para el trabajador. Descontar el costo del sueldo es ilegal.
- Capacitación en uso: No alcanza con entregar el equipo. Se debe capacitar al operario en su uso correcto, limitaciones y mantenimiento.
- Reposición: Cuando el EPP se deteriora por uso normal, debe ser reemplazado de inmediato sin demora burocrática.
- Registro de entrega: Toda entrega debe documentarse con firma del trabajador (física o digital según Res. SRT 18/2025).
Consecuencias del Incumplimiento
Ante un accidente sin EPP provisto, la ART puede repetir contra el empleador. En caso de lesión grave o muerte, el responsable de HSE y el gerente pueden enfrentar cargos penales por negligencia.
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